TSJ suspende de forma temporal toda práctica de medida judicial que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación
La Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante un oficio suscrito por la presidenta del Máximo Juzgado del país, magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, instruyó a todas las juezas y jueces del país, con mayor énfasis en los jueces ejecutores de medidas, “sobre la limitación temporal de toda práctica de medida judicial de carácter ejecutivo o cautelar que recaiga sobre inmuebles destinados a vivienda familiar o de habitación.”
Indica el Oficio de fecha 14 de enero de 2011, que la Comisión Judicial en su sesión ordinaria, vista la declaratoria de Emergencia Nacional mediante Decreto Presidencial debido a las calamidades y desastres naturales ocasionados por las lluvias en la geografía venezolana, se instruye con carácter de urgencia a las juezas y jueces a cumplir la señalada directriz.
Señala el Oficio de la Comisión Judicial que la referida restricción temporal “abarca a todas las medidas ejecutivas cuya práctica material comporte la perdida de la posesión o tenencia de un inmueble destinado a vivienda o habitación, aun existiendo sentencia definitiva”.
Aclara la Comisión Judicial del TSJ, que “la presente decisión sobre las medidas ejecutivas o cautelares no significará la paralización de las causas en curso; ni alterará la suerte de las sentencias pasadas con fuerza de cosa juzgada”.
Finalmente señala el Oficio de la Comisión Judicial que la inobservancia de la referida instrucción por parte de los jueces y juezas será causal de las sanciones correspondientes.
Autor:
Prensa TSJ
domingo, 23 de enero de 2011
lunes, 23 de agosto de 2010
Si desea obtener un crédito para construir una vivienda o realizar mejoras, su salario deberá oscilar entre los 3.600 y 6.000BsF.
Así lo expresa la normativa publicada por el Ministerio de Vivienda y Hábitat, con respecto a los créditos de construcción, remodelación u ampliación. Mientras las personas cuyos ingresos mensuales sean de 3.600BsF aproximadamente podrán optar por el préstamo más un subsidio.
Créditos para construcción, remodelación u ampliación de viviendas dependerá del salario.
Para los que quieran un crédito con la finalidad de construir su vivienda principal, los que devenguen un sueldo de 3.600BsF., optaran por un subsidio más un crédito máximo de 127.877BsF., y para los que ganen más de 6.000BsF el crédito será de 158.034BsF.
Todos estos créditos con tasas de interés que van entre 1,4 y 4,66%.
En lo que se refiere al subsidio para las personas que quieran realizar remodelaciones y ganen 3.600BsF., será de 8.000 a 20.000BsF., con respecto al crédito éste será de máximo 50.566BsF. Esto como parte de los tres niveles establecidos por los organismos competentes, donde las personas que devenguen 4.924BsF., optaran por un préstamo de unos 71.298BsF., y los que ganen más de 6.000BsF., podrán recibir hasta 88.611BsF. Financiamientos fijados vía Ley de Vivienda, modalidad a través de la cual se podrá optar a los créditos.
En lo que a las tasas de interés se refieren estas oscilaran entre 1,4 y 2,4 %.
Asimismo se optaran a los créditos a través de los bancos mediante la gaveta hipotecaria. En este caso los financiamientos son menores. Para remodelaciones, las personas que perciban 3.600BsF., obtendrán un préstamo de 42.566BsF., y las que devenguen 6.000BsF optaran el crédito por 88.611BsF.
Pero si el crédito que desea es para hacer ampliaciones a su vivienda, el financiamiento para los que perciben 3.600BsF., será de 82.237BsF., mientras que para los que obtienen 6.000BsF., el crédito será de 130.468BsF.
Todas estas cifras según el diario El Universal.
Créditos para construcción, remodelación u ampliación de viviendas dependerá del salario.
Para los que quieran un crédito con la finalidad de construir su vivienda principal, los que devenguen un sueldo de 3.600BsF., optaran por un subsidio más un crédito máximo de 127.877BsF., y para los que ganen más de 6.000BsF el crédito será de 158.034BsF.
Todos estos créditos con tasas de interés que van entre 1,4 y 4,66%.
En lo que se refiere al subsidio para las personas que quieran realizar remodelaciones y ganen 3.600BsF., será de 8.000 a 20.000BsF., con respecto al crédito éste será de máximo 50.566BsF. Esto como parte de los tres niveles establecidos por los organismos competentes, donde las personas que devenguen 4.924BsF., optaran por un préstamo de unos 71.298BsF., y los que ganen más de 6.000BsF., podrán recibir hasta 88.611BsF. Financiamientos fijados vía Ley de Vivienda, modalidad a través de la cual se podrá optar a los créditos.
En lo que a las tasas de interés se refieren estas oscilaran entre 1,4 y 2,4 %.
Asimismo se optaran a los créditos a través de los bancos mediante la gaveta hipotecaria. En este caso los financiamientos son menores. Para remodelaciones, las personas que perciban 3.600BsF., obtendrán un préstamo de 42.566BsF., y las que devenguen 6.000BsF optaran el crédito por 88.611BsF.
Pero si el crédito que desea es para hacer ampliaciones a su vivienda, el financiamiento para los que perciben 3.600BsF., será de 82.237BsF., mientras que para los que obtienen 6.000BsF., el crédito será de 130.468BsF.
Todas estas cifras según el diario El Universal.
sábado, 21 de agosto de 2010
Monto de créditos habitacionales es inferior a costos de vivienda
El presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (Apiur), Roberto Orta, advirtió que gran parte de los venezolanos “están excluidos” de la adquisición de vivienda, debido a que los créditos “no alcanzan para cubrir los precios actuales”. Aseguró que el desfase proviene del déficit habitacional del país. privado, que construye el 70 por ciento de las viviendas en el país (El Carabobeño, 17/08/2010).-
En entrevista a Unión Radio, Orta sostuvo que “actualmente está excluida la gran mayoría de las familias porque no alcanzan los créditos de política habitacional, y las que están adquiriendo viviendas son porque ya tienen una anterior o porque tienen unos ahorros”.
Para el abogado, los créditos habitacionales en el país no son suficientes para cubrir los costos de una propiedad. Recordó que, por ejemplo, el aporte ofrecido “por política habitacional u otorgado por el Fondo del Ahorro Obligatorio de la Vivienda (FAOV) lo máximo actualmente son 240 mil bolívares”.
Este dinero se ve disminuido en comparación “con los precios actuales de las viviendas. Cómo puede alcanzar una familia de la clase media un apartamento que por lo menos vale de 400 a 500 mil bolívares”, indicó Orta.
Explicó que para lograr adquirir una propiedad muchos optan por créditos con fondo propios de la banca. “En este caso, doy un ejemplo, para que una familia pida 359 mil bolívares en la banca, a un crédito de 25 años, tendría que devengar 13 mil bolívares mensuales”.
Afirmó que “la razón por la cual hay un desfase entre los precios de la vivienda y los créditos que otorga la banca es principalmente la escasez de vivienda”.
Orta resaltó que han visto “cómo lamentablemente han venido bajando las cifras de vivienda en los últimos años. Esa escasez, aunada al fenómeno inflacionario, es la que incrementa los precios de la vivienda, y hace que exista ese desfase”.
Alquileres de vivienda
En el tema de alquileres de vivienda dijo que “actualmente la Ley de Arrendamiento Inmobiliario mantiene el equilibrio entre las partes”.
El presidente de Apiur enfatizó que el tema de los alquileres depende siempre de las regulaciones y las leyes que estén vigentes.
“Se ha anunciado, cosa que no se ha materializado, un decreto de prohibición de los desalojos judiciales de los inquilinos, pensamos principalmente que esta medida ha presentado un rechazo general por parte de la población, porque implicaría la confiscación o la pérdida de miles y miles de propiedades que están arrendadas en la actualidad”.
Orta consideró además que de hacerse efectivo este decreto “se daría la terminación definitiva de la oferta de vivienda y alquiler, porque ningún propietario va a estar dispuesto a alquilar una vivienda si no tiene la posibilidad de recuperarlo”.
La asociación ha solicitado al Ministerio de la Vivienda, a la Asamblea Nacional, “nos hemos reunido con algunos diputados, para plantearles el inconveniente y la gran crisis que traería una prohibición de los juicios inquilinarios que principalmente se utilizan para recuperar propiedades”. Resaltó que “este decreto prácticamente sería una derogatoria tácita del derecho del inquilino”.
Orta advirtió que el problema de la vivienda lo tiene que resolver el Gobierno de la mano del sector
Fyente: http://boletin.uc.edu.ve/
fecha: Martes 17 de Agosto de 2010 10:03
En entrevista a Unión Radio, Orta sostuvo que “actualmente está excluida la gran mayoría de las familias porque no alcanzan los créditos de política habitacional, y las que están adquiriendo viviendas son porque ya tienen una anterior o porque tienen unos ahorros”.
Para el abogado, los créditos habitacionales en el país no son suficientes para cubrir los costos de una propiedad. Recordó que, por ejemplo, el aporte ofrecido “por política habitacional u otorgado por el Fondo del Ahorro Obligatorio de la Vivienda (FAOV) lo máximo actualmente son 240 mil bolívares”.
Este dinero se ve disminuido en comparación “con los precios actuales de las viviendas. Cómo puede alcanzar una familia de la clase media un apartamento que por lo menos vale de 400 a 500 mil bolívares”, indicó Orta.
Explicó que para lograr adquirir una propiedad muchos optan por créditos con fondo propios de la banca. “En este caso, doy un ejemplo, para que una familia pida 359 mil bolívares en la banca, a un crédito de 25 años, tendría que devengar 13 mil bolívares mensuales”.
Afirmó que “la razón por la cual hay un desfase entre los precios de la vivienda y los créditos que otorga la banca es principalmente la escasez de vivienda”.
Orta resaltó que han visto “cómo lamentablemente han venido bajando las cifras de vivienda en los últimos años. Esa escasez, aunada al fenómeno inflacionario, es la que incrementa los precios de la vivienda, y hace que exista ese desfase”.
Alquileres de vivienda
En el tema de alquileres de vivienda dijo que “actualmente la Ley de Arrendamiento Inmobiliario mantiene el equilibrio entre las partes”.
El presidente de Apiur enfatizó que el tema de los alquileres depende siempre de las regulaciones y las leyes que estén vigentes.
“Se ha anunciado, cosa que no se ha materializado, un decreto de prohibición de los desalojos judiciales de los inquilinos, pensamos principalmente que esta medida ha presentado un rechazo general por parte de la población, porque implicaría la confiscación o la pérdida de miles y miles de propiedades que están arrendadas en la actualidad”.
Orta consideró además que de hacerse efectivo este decreto “se daría la terminación definitiva de la oferta de vivienda y alquiler, porque ningún propietario va a estar dispuesto a alquilar una vivienda si no tiene la posibilidad de recuperarlo”.
La asociación ha solicitado al Ministerio de la Vivienda, a la Asamblea Nacional, “nos hemos reunido con algunos diputados, para plantearles el inconveniente y la gran crisis que traería una prohibición de los juicios inquilinarios que principalmente se utilizan para recuperar propiedades”. Resaltó que “este decreto prácticamente sería una derogatoria tácita del derecho del inquilino”.
Orta advirtió que el problema de la vivienda lo tiene que resolver el Gobierno de la mano del sector
Fyente: http://boletin.uc.edu.ve/
fecha: Martes 17 de Agosto de 2010 10:03
domingo, 15 de agosto de 2010
Mejoras en Aéreas Comunes del Edificio
Es importante conocer la Ley de Propiedad Horizontal cuando se desea hacer remodelaciones, alteraciones, rehabilitaciones, obras o cambios en la fachada del edificio. Precisamos de seguidas una situación planteada en nuestro carácter de abogado en relación a un edificio ubicado en Ciudad Guayana, Venezuela.
Cuando los miembros de la comunidad que habita el edificio (propietarios, inquilinos o poseedores de apartamentos) proyectan remodelar, restaurar, rehabilitar, modificar, alterar, pintar o cambiar la fachada del inmueble deben lograr el acuerdo de la mayoría representada por el setenta y cinco por ciento (75%) de esa comunidad. De lo contrario, vale decir, cuando no existe tal mayoría, la construcción o remodelación es ilegal y puede ser objeto de reclamo por cualquier vecino que discrepe o disienta de lo anterior. Si a pesar de no contar con la mayoría indicada, los interesados ejecutan las refacciones en el edificio, corren el riesgo de que un vecino molesto por las alteraciones efectuadas proceda a ejercer una demanda por daños y perjuicios. Esto incluirá la solicitud de demolición de las obras o restitución al ambiente original. Siendo así, la mayoría de las veces ocurre que el tribunal le da la razón al vecino reclamante vista la evidente violación a sus derechos. La comunidad organizada autora de las remodelaciones en el edificio debió actuar conforme a derecho y no lo hizo.
El Art.9 de la ley citada estatuye: "…las mejoras de las cosas comunes solo podrán efectuarse con el acuerdo del setenta y cinco por ciento de los propietarios. Tales mejoras, podrán ser suspendidas por la autoridad judicial, a solicitud de uno o más propietarios, por los motivos siguientes: a) Cuando fuesen contrarias a la ley o al documento de condominio…, d) Cuando modifiquen sustancialmente el aspecto arquitectónico exterior del edificio…, e) Cuando lesionen cualesquiera de los derechos de uno o más propietarios...".
Ahora bien, aunque se haya reunido la mayoría referida, sí es posible atacar la decisión de remodelar o cambiar la estructura del edificio, ya que el artículo 25 de la misma ley reza: "…Cualquier propietario podrá impugnar ante el juez los acuerdos de la mayoría por la violación de la ley o del documento de condominio o por abuso de derecho…". De manera que el vecino que manifieste diferencia de opinión en cuanto a los cambios en la fachada del edificio por las remodelaciones, mejoras, alteraciones, restauraciones, rehabilitaciones u otras modificaciones (mantenimiento) en las áreas comunes puede lograr que un juez ordene la suspensión inmediata o demolición de las obras de ingeniería realizadas.
Cuando los miembros de la comunidad que habita el edificio (propietarios, inquilinos o poseedores de apartamentos) proyectan remodelar, restaurar, rehabilitar, modificar, alterar, pintar o cambiar la fachada del inmueble deben lograr el acuerdo de la mayoría representada por el setenta y cinco por ciento (75%) de esa comunidad. De lo contrario, vale decir, cuando no existe tal mayoría, la construcción o remodelación es ilegal y puede ser objeto de reclamo por cualquier vecino que discrepe o disienta de lo anterior. Si a pesar de no contar con la mayoría indicada, los interesados ejecutan las refacciones en el edificio, corren el riesgo de que un vecino molesto por las alteraciones efectuadas proceda a ejercer una demanda por daños y perjuicios. Esto incluirá la solicitud de demolición de las obras o restitución al ambiente original. Siendo así, la mayoría de las veces ocurre que el tribunal le da la razón al vecino reclamante vista la evidente violación a sus derechos. La comunidad organizada autora de las remodelaciones en el edificio debió actuar conforme a derecho y no lo hizo.
El Art.9 de la ley citada estatuye: "…las mejoras de las cosas comunes solo podrán efectuarse con el acuerdo del setenta y cinco por ciento de los propietarios. Tales mejoras, podrán ser suspendidas por la autoridad judicial, a solicitud de uno o más propietarios, por los motivos siguientes: a) Cuando fuesen contrarias a la ley o al documento de condominio…, d) Cuando modifiquen sustancialmente el aspecto arquitectónico exterior del edificio…, e) Cuando lesionen cualesquiera de los derechos de uno o más propietarios...".
Ahora bien, aunque se haya reunido la mayoría referida, sí es posible atacar la decisión de remodelar o cambiar la estructura del edificio, ya que el artículo 25 de la misma ley reza: "…Cualquier propietario podrá impugnar ante el juez los acuerdos de la mayoría por la violación de la ley o del documento de condominio o por abuso de derecho…". De manera que el vecino que manifieste diferencia de opinión en cuanto a los cambios en la fachada del edificio por las remodelaciones, mejoras, alteraciones, restauraciones, rehabilitaciones u otras modificaciones (mantenimiento) en las áreas comunes puede lograr que un juez ordene la suspensión inmediata o demolición de las obras de ingeniería realizadas.
domingo, 2 de mayo de 2010
Prorroga Congelacion de Alquileres
Resolución Conjunta Nº 043 y 035, por la cual se prorroga por seis (6) meses la medida de congelación de alquileres
Gaceta Oficial Nº 39.407 del 21 de abril de 2010
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 043
DE FECHA 07 DE ABRIL DE 2010
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 035
DE FECHA 06 DE ABRIL DE 2010
AÑOS 199º y 151°
RESOLUCIÓN CONJUNTA
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 1 y 9 del artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública Nº 6.217 de fecha 15 de julio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, concatenado con lo dispuesto en los numerales 1, 7 y 9 del artículo 11, y numerales 10 y 26 del artículo 19 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional Nº 6.732, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.202 del 17 de junio de 2009, el artículo 5 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.358 del 01 de febrero de 2010, en concordancia con lo previsto en el artículo 9 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios Nº 427, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 36.845 del 07 de diciembre de 1999, los artículos 1, literal D (numeral 2) y el artículo 2 del Decreto Nº 2.304 de fecha 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.626 de fecha 06 de febrero de 2003, mediante el cual se declaran Bienes y Servicios de Primera Necesidad en todo el Territorio Nacional los que en él se señalan, y según lo preceptuado en los artículo 69 y 70 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat Nº 6.072, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.889 Extraordinario del 31 de julio de 2008.
CONSIDERANDO
Que es fin y deber del Estado garantizar el bienestar de la población en general y salvaguardar los derechos e intereses de los usuarios, habida cuenta de la declaratoria del alquiler de vivienda como servicio de primera necesidad, a cuyo efecto es requerido realizar modificaciones a la normativa inquilinaria, estos Despachos,
RESUELVEN
ARTÍCULO 1.- Prorrogar por seis (6) meses la medida de congelación de alquileres contenida en la Resolución Conjunta de los Ministerios de la Producción y el Comercio Nº 152 y de Infraestructura Nº 046 de fecha 18 de mayo de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.941 de fecha 19 de mayo de 2004.
ARTÍCULO 2.- Los arrendadores que infrinjan esta Resolución o incurran en los delitos de especulación, usura y otros delitos conexos, serán sancionados de conformidad con la Ley de Reforma Parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
ARTÍCULO 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 30 de abril de 2010.
Comuníquese y Publíquese,
RICHARD CANÁN
Ministro del Poder Popular para el Comercio
DIOSDADO CABELLO RONDÓN
Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda
Gaceta Oficial Nº 39.407 del 21 de abril de 2010
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 043
DE FECHA 07 DE ABRIL DE 2010
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 035
DE FECHA 06 DE ABRIL DE 2010
AÑOS 199º y 151°
RESOLUCIÓN CONJUNTA
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 1 y 9 del artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública Nº 6.217 de fecha 15 de julio de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.890 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008, concatenado con lo dispuesto en los numerales 1, 7 y 9 del artículo 11, y numerales 10 y 26 del artículo 19 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional Nº 6.732, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.202 del 17 de junio de 2009, el artículo 5 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.358 del 01 de febrero de 2010, en concordancia con lo previsto en el artículo 9 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios Nº 427, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 36.845 del 07 de diciembre de 1999, los artículos 1, literal D (numeral 2) y el artículo 2 del Decreto Nº 2.304 de fecha 05 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.626 de fecha 06 de febrero de 2003, mediante el cual se declaran Bienes y Servicios de Primera Necesidad en todo el Territorio Nacional los que en él se señalan, y según lo preceptuado en los artículo 69 y 70 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat Nº 6.072, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.889 Extraordinario del 31 de julio de 2008.
CONSIDERANDO
Que es fin y deber del Estado garantizar el bienestar de la población en general y salvaguardar los derechos e intereses de los usuarios, habida cuenta de la declaratoria del alquiler de vivienda como servicio de primera necesidad, a cuyo efecto es requerido realizar modificaciones a la normativa inquilinaria, estos Despachos,
RESUELVEN
ARTÍCULO 1.- Prorrogar por seis (6) meses la medida de congelación de alquileres contenida en la Resolución Conjunta de los Ministerios de la Producción y el Comercio Nº 152 y de Infraestructura Nº 046 de fecha 18 de mayo de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.941 de fecha 19 de mayo de 2004.
ARTÍCULO 2.- Los arrendadores que infrinjan esta Resolución o incurran en los delitos de especulación, usura y otros delitos conexos, serán sancionados de conformidad con la Ley de Reforma Parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
ARTÍCULO 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 30 de abril de 2010.
Comuníquese y Publíquese,
RICHARD CANÁN
Ministro del Poder Popular para el Comercio
DIOSDADO CABELLO RONDÓN
Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda
Cómo hacer que lo difícil sea fácil, cuando todo cambia en la sociedad?
Inevitablemente, desde niños y por toda nuestra vida nos enfrentaremos a diversas situaciones por resolver. Afrontar cambiantes situaciones exige tomar muchas decisiones. La solución –más fácil o más difícil- frente a un potencial conflicto dependerá, primero, de entenderla; luego, de estar dispuesto a enfrentarla; y, finalmente, de la actitud y la fe con que se lo haga. Muchas cosas –de fácil solución- las tornamos en difíciles, innecesaria, consciente o inconscientemente. Una actitud correcta ayudará a tornar una situación difícil, en más fácil de manejar. Pese a que no siempre parezca así, todo tiene una solución. O, ¿hay algo imposible?
Según la Real Academia Española, la palabra “fácil” significa “que se puede hacer sin gran esfuerzo” o “que puede suceder con mucha probabilidad”. Significa, además, que algo o alguien, es “dócil, manejable”. Por el contrario, “difícil” significa “que no se logra, ejecuta o entiende sin mucho trabajo”, y de una persona, que no es “contentadiza” o que es “poco tratable”.
Delia Steinberg Guzmán, filósofa, música, escritora y ensayista argentina, dice que lo “fácil” en realidad no existe pues “si preguntáramos, uno por uno, qué es lo que considera fácil, todos responderían de manera diferente”. Afirma también que casi todos reconocen que hay cosas fáciles, y generalmente ¡son las que hacen otros! sin ponerse en su lugar para lograrlo! .
Para Steinberg, la gente habla de “trabajos difíciles”, de “materias difíciles”, de “situaciones psicológicas difíciles”, de “actuaciones” o “circunstancias difíciles”, de “personas difíciles”, de “épocas difíciles”, siendo percepciones o valoraciones que tienen que ver con la posición interior de quien las enfrenta.
Y, así como ante ciertas situaciones la gente sabe que puede superarlas y salir airosa, son más las veces en que la gente percibe que ciertas situaciones -para aprovechar o solucionar- se ven fatalmente, como irresolubles o inalcanzables.
Steinberg dice que “lo fácil en sí no existe”, sino que “existe lo que sabemos y podemos hacer (…) lo fácil es lo ya aprendido, lo que ya se ha dominado y se realiza con soltura”.
Asimismo, dice que “Lo difícil en sí no existe”, y que el grado de dificultad depende del saber acumulado -de lo que es conocido- por lo que toda nueva situación tiende a cubrirse de la máscara de “difícil”; y, si no se la sabe resolver a tiempo, se corre el riesgo de que con los años tal situación ya no sea desconocida ni nueva sino repetitiva, pero temida e imposible de solucionar. “La experiencia del miedo y del temor a lo nuevo no es la que nos lleva a superar lo difícil (…) para evitar las dificultades, hay que evitar todo atisbo de temor”, concluye.
No habiendo cosas fáciles o difíciles por sí mismas, la dificultad tendrá que ver con entender, enfrentar y elegir con qué recursos se resolverá una situación.
HACIENDO DIFÍCILES, LAS COSAS FÁCILES
Un artículo titulado “La imaginación es totalmente poderosa” da cuenta de tres situaciones de potencial conflicto u oportunidad, y cómo fueron resueltos en la realidad, algunas de forma poco ortodoxa. Veamos:
Problema 1: Cuando la NASA comenzó con el lanzamiento de astronautas al espacio, descubrieron que los bolígrafos no funcionarían sin gravedad (o con gravedad cero) pues la tinta no bajaría hasta la superficie en que se deseara escribir. Solución A: Resolver este problema les llevó 6 años y 12 millones de dólares. Desarrollaron un bolígrafo que funcionaba: bajo gravedad cero, al revés, debajo del agua, casi en cualquier superficie incluyendo cristal y en un rango de temperaturas que iban desde abajo del punto de congelación hasta superar los 300 grados centígrados. Solución B: ¿Qué hicieron los rusos? ¡Utilizaron un lápiz!
Problema 2: Uno de los más memorables “casos de estudio” de la gestión japonesa fue el “caso de la caja vacía de jabón”, que ocurrió en una de las más grandes empresas de cosmética en ese país. La compañía recibió la queja de un consumidor que compró una caja de jabón, la que estaba vacía. De inmediato, las autoridades focalizaron el problema en la cadena de montaje que transportaba las cajas empaquetadas de jabón al Departamento de Reparto, donde por alguna razón, una caja de jabón había pasado vacía por la cadena de montaje. Solución A: Los ingenieros de la compañía se lanzaron a trabajar, para idear una máquina de rayos X con monitores de alta resolución manejados por dos personas y así vigilar todas las cajas de jabón que pasaran por la línea para asegurarse de que no estuvieran vacías. Solución B: Cuando a un empleado común en una empresa pequeña se le planteó el mismo problema, él ideó una solución práctica y menos complicada: compró un potente ventilador industrial y lo apuntó hacia la cadena de montaje. Encendió el ventilador, y mientras cada caja pasaba frente al ventilador, las que estaban vacías simplemente salían volando de la línea de producción.
Problema 3: Un magnate hotelero llegó de visita a una ciudad de la India por segunda vez en un año. Al llegar al mostrador de un hotel -menos prestigioso que los de su cadena de hoteles- el empleado le sonrió y saludó diciéndole: “Bienvenido nuevamente señor, qué bueno tenerlo de vuelta en nuestro hotel”. El magnate se sorprendió por el detalle, pues pese a ser una persona importante viajaba de incógnito y difícilmente el empleado podía tener tan buena memoria para reconocerlo luego de un año, así que quiso saber cómo imponer el mismo sistema en su cadena de hoteles ya que el saludo le había hecho sentir muy bien. De regreso a su país puso a trabajar a sus empleados, para ver cómo implementarlo. Solución A: Le propusieron comprar el mejor software con reconocimiento de rostros, base de datos, cámaras especiales, tiempo de respuesta en microsegundos, capacitación a empleados, etc. por cerca de 2,5 millones de dólares. Solución B: El magnate prefirió viajar de nuevo a la India para sobornar al empleado del hotel para que le revelara el “know how” aplicado. El empleado no aceptó el soborno, pero le reveló el secreto. “Tenemos un acuerdo con los taxistas que traen a los visitantes hasta acá; en el trayecto ellos preguntan a su pasajero si ya se hospedó en nuestro hotel y, si es afirmativo, al dejar su equipaje ante el mostrador nos hacen una señal ¡y así se ganan un dólar!”.
Dice la moraleja: ¡No te compliques la vida! Concibe la solución más simple a cada situación. ¡Aprende a centrarte en las soluciones, y no en los problemas!
La vida nos va enseñando, según vamos entrando en años, que muchas cosas que en algún momento nos parecían tremendamente difíciles o imposibles, una vez superadas o aprovechadas, y con el paso del tiempo, nos parecen fáciles.
Y es que, la experiencia y la “forma de pensar” cambian la perspectiva del problema o la situación a solucionar o aprovechar. Con la noción correcta, entendiendo bien una situación ¡es más fácil de resolverla, que lo que se piensa!
¿CÓMO HACER FÁCIL, LO DIFÍCIL E IMPOSIBLE?
Entender la situación a enfrentar; estar serenos en el análisis; tener la actitud correcta para solucionarla, con valentía y esfuerzo, es lo correcto.
En vez de pensar lo difícil del internet, lo imposible de ser exitoso, lo complicado del computador, lo complejo de cerrar mas negocios, piensa lo fácil en que se convertirán sus rutinas diarias.
Te invitamos a formar parte de la nueva generación del negocio inmobiliario donde el know how de nuestra Franquicia Inmobiliaria te mostrara la mejor forma de hacer las cosas y convertir tu negocio en una fuente de productividad.
Según la Real Academia Española, la palabra “fácil” significa “que se puede hacer sin gran esfuerzo” o “que puede suceder con mucha probabilidad”. Significa, además, que algo o alguien, es “dócil, manejable”. Por el contrario, “difícil” significa “que no se logra, ejecuta o entiende sin mucho trabajo”, y de una persona, que no es “contentadiza” o que es “poco tratable”.
Delia Steinberg Guzmán, filósofa, música, escritora y ensayista argentina, dice que lo “fácil” en realidad no existe pues “si preguntáramos, uno por uno, qué es lo que considera fácil, todos responderían de manera diferente”. Afirma también que casi todos reconocen que hay cosas fáciles, y generalmente ¡son las que hacen otros! sin ponerse en su lugar para lograrlo! .
Para Steinberg, la gente habla de “trabajos difíciles”, de “materias difíciles”, de “situaciones psicológicas difíciles”, de “actuaciones” o “circunstancias difíciles”, de “personas difíciles”, de “épocas difíciles”, siendo percepciones o valoraciones que tienen que ver con la posición interior de quien las enfrenta.
Y, así como ante ciertas situaciones la gente sabe que puede superarlas y salir airosa, son más las veces en que la gente percibe que ciertas situaciones -para aprovechar o solucionar- se ven fatalmente, como irresolubles o inalcanzables.
Steinberg dice que “lo fácil en sí no existe”, sino que “existe lo que sabemos y podemos hacer (…) lo fácil es lo ya aprendido, lo que ya se ha dominado y se realiza con soltura”.
Asimismo, dice que “Lo difícil en sí no existe”, y que el grado de dificultad depende del saber acumulado -de lo que es conocido- por lo que toda nueva situación tiende a cubrirse de la máscara de “difícil”; y, si no se la sabe resolver a tiempo, se corre el riesgo de que con los años tal situación ya no sea desconocida ni nueva sino repetitiva, pero temida e imposible de solucionar. “La experiencia del miedo y del temor a lo nuevo no es la que nos lleva a superar lo difícil (…) para evitar las dificultades, hay que evitar todo atisbo de temor”, concluye.
No habiendo cosas fáciles o difíciles por sí mismas, la dificultad tendrá que ver con entender, enfrentar y elegir con qué recursos se resolverá una situación.
HACIENDO DIFÍCILES, LAS COSAS FÁCILES
Un artículo titulado “La imaginación es totalmente poderosa” da cuenta de tres situaciones de potencial conflicto u oportunidad, y cómo fueron resueltos en la realidad, algunas de forma poco ortodoxa. Veamos:
Problema 1: Cuando la NASA comenzó con el lanzamiento de astronautas al espacio, descubrieron que los bolígrafos no funcionarían sin gravedad (o con gravedad cero) pues la tinta no bajaría hasta la superficie en que se deseara escribir. Solución A: Resolver este problema les llevó 6 años y 12 millones de dólares. Desarrollaron un bolígrafo que funcionaba: bajo gravedad cero, al revés, debajo del agua, casi en cualquier superficie incluyendo cristal y en un rango de temperaturas que iban desde abajo del punto de congelación hasta superar los 300 grados centígrados. Solución B: ¿Qué hicieron los rusos? ¡Utilizaron un lápiz!
Problema 2: Uno de los más memorables “casos de estudio” de la gestión japonesa fue el “caso de la caja vacía de jabón”, que ocurrió en una de las más grandes empresas de cosmética en ese país. La compañía recibió la queja de un consumidor que compró una caja de jabón, la que estaba vacía. De inmediato, las autoridades focalizaron el problema en la cadena de montaje que transportaba las cajas empaquetadas de jabón al Departamento de Reparto, donde por alguna razón, una caja de jabón había pasado vacía por la cadena de montaje. Solución A: Los ingenieros de la compañía se lanzaron a trabajar, para idear una máquina de rayos X con monitores de alta resolución manejados por dos personas y así vigilar todas las cajas de jabón que pasaran por la línea para asegurarse de que no estuvieran vacías. Solución B: Cuando a un empleado común en una empresa pequeña se le planteó el mismo problema, él ideó una solución práctica y menos complicada: compró un potente ventilador industrial y lo apuntó hacia la cadena de montaje. Encendió el ventilador, y mientras cada caja pasaba frente al ventilador, las que estaban vacías simplemente salían volando de la línea de producción.
Problema 3: Un magnate hotelero llegó de visita a una ciudad de la India por segunda vez en un año. Al llegar al mostrador de un hotel -menos prestigioso que los de su cadena de hoteles- el empleado le sonrió y saludó diciéndole: “Bienvenido nuevamente señor, qué bueno tenerlo de vuelta en nuestro hotel”. El magnate se sorprendió por el detalle, pues pese a ser una persona importante viajaba de incógnito y difícilmente el empleado podía tener tan buena memoria para reconocerlo luego de un año, así que quiso saber cómo imponer el mismo sistema en su cadena de hoteles ya que el saludo le había hecho sentir muy bien. De regreso a su país puso a trabajar a sus empleados, para ver cómo implementarlo. Solución A: Le propusieron comprar el mejor software con reconocimiento de rostros, base de datos, cámaras especiales, tiempo de respuesta en microsegundos, capacitación a empleados, etc. por cerca de 2,5 millones de dólares. Solución B: El magnate prefirió viajar de nuevo a la India para sobornar al empleado del hotel para que le revelara el “know how” aplicado. El empleado no aceptó el soborno, pero le reveló el secreto. “Tenemos un acuerdo con los taxistas que traen a los visitantes hasta acá; en el trayecto ellos preguntan a su pasajero si ya se hospedó en nuestro hotel y, si es afirmativo, al dejar su equipaje ante el mostrador nos hacen una señal ¡y así se ganan un dólar!”.
Dice la moraleja: ¡No te compliques la vida! Concibe la solución más simple a cada situación. ¡Aprende a centrarte en las soluciones, y no en los problemas!
La vida nos va enseñando, según vamos entrando en años, que muchas cosas que en algún momento nos parecían tremendamente difíciles o imposibles, una vez superadas o aprovechadas, y con el paso del tiempo, nos parecen fáciles.
Y es que, la experiencia y la “forma de pensar” cambian la perspectiva del problema o la situación a solucionar o aprovechar. Con la noción correcta, entendiendo bien una situación ¡es más fácil de resolverla, que lo que se piensa!
¿CÓMO HACER FÁCIL, LO DIFÍCIL E IMPOSIBLE?
Entender la situación a enfrentar; estar serenos en el análisis; tener la actitud correcta para solucionarla, con valentía y esfuerzo, es lo correcto.
En vez de pensar lo difícil del internet, lo imposible de ser exitoso, lo complicado del computador, lo complejo de cerrar mas negocios, piensa lo fácil en que se convertirán sus rutinas diarias.
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viernes, 12 de febrero de 2010
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